Cuestionado por la normativa de Malpartida en Plasencia

Llamativa es, entre todas las formuladas, la alegación que Plasencia hace con respecto a la normativa urbanística de Malpartida de Plasencia, en cuyo término se prevén levantar los molinos. El Gobierno local argumenta que las propias normas subsidiarias de la localidad prohiben la instalación los de los ocho aerogeneradores de más de 130 metros de altura. Admite que, aunque en el informe urbanístico de la declaración de impacto ambiental -por el que la Junta autorizó el parque eólico en 2008- se indicaba que «el uso no está expresamente prohibido por el planeamiento», eso no significa que el parque sea necesariamente autorizable.